Abogados y Abogadas en formación este espacio se ha generado para dar a conocer su opinión crítica frente a los diferentes temas y lecturas propuestas.

Su participación será valorada en el porcentaje de quices y talleres de las tres cortes, por lo que se hace necesario debatir de forma permanente las opiniones de sus homólogos.

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martes, 30 de agosto de 2011

Uso Alternativo en Derecho

Abogados y Abogadas en formación construir de manera colectiva en el proyecto de vida que han elegido le permitirá tener una mayor perspectiva en su experiencia académica y profesional en donde fácilmente podrá presentar iniciativas o propuestas a la solución de los diferentes situaciones o conflictos socio - jurídicos y jurídicos valorando factores que muy posiblemente no había considerado enriqueciéndose desde el análisis crítico  y constructivo con otros, de igual o diferente ciencia del conocimiento.
Su participación es fundamental por lo que se le invita a utilizar un lenguaje apropiado y respetuoso frente a las anotaciones realizadas. Para su participación deberá:
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Actividad Nº 01. 31 de agosto de 2011

Qué se entiende por USO ALTERNATIVO DEL DERECHO?
Cómo define usted el USO ALTERNATIVO DEL DERECHO?
Cuáles son las acepciones del USO ALTERNATIVO DEL DERECHO?

33 comentarios:

  1. CESAR ADRIAN RIZO BUENO

    SEGUN Saavedra, citado por Rosell "se habla de uso alternativo del Derecho como una practica jurídico-política especifica que se inscribe en el seno de formaciones sociales en crisis cuyo sentido estriba en afianzar pasos al nivel de la superestructura jurídica, en la solución emancipadora de las tensiones y contradicciones de dichas formaciones sociales"
    Barcellona propone dos ámbitos que captan nuestra atención: uno, la práctica jurídica, el derecho vivo; y otro, una cultura jurídica alternativa. Campos, creemos, de importancia para nuestro quehacer. Con esto se da respuesta a quienes han pensado que el uso alternativo del derecho fue inicialmente un movimiento estrictamente pragmático.

    No se puede ignorar que con el uso evolutivo del derecho se buscan determinados intereses sociales que se expresan en prácticas concretas. Ni tampoco, incluso cuando se avanza en la perspectiva del llamado uso evolutivo del derecho, dejar de considerar que las técnicas de protección y las categorías generales elaboradas por la ciencia jurídica están vinculadas funcionalmente a la defensa de intereses de hecho ya realizados.

    DE LO ANTERIOR PUDIERA RESCATAR QUE EL USO ALTERNATIVO DEL DERECHO NO ES MAS QUE LA EVOLUCION MISMA DE ESTE, Y EL ESTUDIO DESDE DIFERENTES AMBITOS Y PERSPECTIVAS, EL DERECHO DEJO DE VERSE COMO EL ULTIMO MEDIO MISMO DE SOLUCION DE CONFLICTOS PARA PASAR HACER EL PRINCIPAL INSTRUMENTO DE LA SOCIEDAD A LA HORA DE RESOLVER CONFLICTOS DE INTERESES.

    Para mi el uso alternativo del derecho es una forma diferente de usar este medio que ha servido para la solucion de los conflictos de intereses que surgen en una sociedad.

    el uso diferente del derecho hace que se estudien los inicios y conceptos dogmanicos y pracmaticos que se tienen de este.

    lo que se busca es que el derecho no solo se vea como el mecanismo solo y unico al que se acude como ultima instancia para la solucion de un conflicto de intereses se busca que sea la primera alternatica a acudir para solucionar los diferentes conflictos de intereses que se presentan en una sociedad.

    Las diferentes acepciones que se prensentan sobre uso alternativo del derecho abren un campo grande de discucion sobre este tema.

    "Según Bergalli, el UAD debería articularse en torno a tres puntos fundamentales: la revisión de los conocimientos tradicionales de la dogmática jurídica, que domina todavía con gran peso la cultura jurídica latinoamericana; la participación de los jueces y la consideración de los movimientos sociales en la creación e interpretación del derecho"

    "la promoción de grupos de presión y de la resolución extrajudicial de conflictos. Los servicios legales tienden igualmente a desarrollar una magistratura alternativa. La expresión "uso alternativo del derecho" va más allá de una simple categoría conceptual: se va construyendo día a día. Version Francesa"

    "La postura de Magistratura Democrática es muy clara, la concepción del derecho como forma está ligada a la doctrina normativo-positivista que configura la ley como condición necesaria y suficiente (exclusiva) de cualquier calificación jurídica en términos precisamente formales. Y sostiene, en consecuencia, por un lado la concepción formal de la libertad como pura ausencia de vínculos en el obrar especial y, por otro, la de la igualdad formal o legal de los sujetos todos libres en la misma medida, si se prescinde de distinciones de carácter material o natural "

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  2. Angélica Viviana García Rodríguez.

    1. "El uso alternativo del derecho es una reinterpretación de la justicia que va mucho más allá del legalismo y reivindica la utilización de estrategias diferentes y creativas para (...) a fin de cuentas lograr justicia", tomado de 'Red de Apoyo'. Esta es la definición más acertada que he encontrado, la que incorpora todo lo que las diversas lecturas manifiestan. Debo mencionar que no se trata de una reinterpretación de la justicia sino del Derecho.

    2. Para mí, el uso alternativo del derecho es una corriente jurídica que busca la materialización de la justicia a través de una nueva interpretación del ordenamiento jurídico, la cual, busca que los derechos sustantivos sean efectivos para toda la población sin discriminación alguna al momento de acudir ante la jurisdicción.

    3. Algunas de las acepciones del término "Uso Alternativo del Derecho" son:
    - Una teoría jurídica marxista.
    - Para R. Bergalli, debe articularse en "la revisión de los conocimientos tradicionales de la dogmática jurídica, la participación de los jueces y la consideración de los movimientos sociales en la creación e interpretación del Derecho".
    - "Lo que Magistratura Democrática buscaba, era un uso del derecho diferente que condujera, sin tibieza ni ambigüedades, a una protección efectiva de las clases oprimidas", Agustín Aguilera Estrada.
    - "No es posible plantearse el problema del uso alternativo del derecho (...) sin plantearse igualmente el problema de una cultura jurídica alternativa, en el sentido de un análisis del sistema y de una elaboración de técnicas y categorías conceptuales divergentes de las que emplean los modelos culturales dominantes", Pietro Barcellona y Giuseppe Cotturri, «El Estado y los juristas».

    Resumo, entonces, que el Uso Alternativo del Derecho se entiende como una teoría jurídica, como un medio para alcanzar la equidad social, y como un concepto que nos lleva auna reconsideración al momento de interpretar y aplicar el Derecho.

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  3. CESAR ADRIAN RIZO BUENO

    segundo germán burgos cree que el UAD tiene una unica version valida, italiana, mostraria una posicion eurocentrista, un apego excesivo a las denominaciones de la realidad.

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  4. oscar leonardo torrado yanez
    Qué se entiende por USO ALTERNATIVO DEL DERECHO?
    se identifica como una autentica cienca del derecho sobre la estructura ligica de las normas del derecho, que a su vez partiendo de hechos bien establecidos intenta inversitr el contenido de las normas. los abogados se dieron cuenta que el derecho era tan conducente que sattisfacia los interes de las altas sociedades. en toanto se debio mejorar el derecho para satrisfacer las diferentes clases sociales el llamdo uso alternativo del derecho en toanto se busco adactarlo.
    Cómo define usted el USO ALTERNATIVO DEL DERECHO?
    es una manifestacion del llamdo derecho alternativo y tiene que ver con los derechos de los mas pobres.es un derecho alternativo que soluciona conflictos y satisface cituaciones del dia dia en sociedad.
    Cuáles son las acepciones del USO ALTERNATIVO DEL DERECHO?
    Para nuestro modo de entender la juridicidad, la racionalidad, como el modo de pensamiento que constituye la analogía, es muy importante, ya que permite romper con el paradigma de un pensamiento del derecho poco capaz de solucionar conflctos.
    En el extremo opuesto está en cambio la concepción del juez que no se limita a interpretar la norma, sino que añade algo a su contenido; esto es: un juez que no concibe un punto a aplicar, en su contrapartida busca el razonamiento.

    debemos contemplar una acepcion con el concepto del derecho en la Modernidad, reservándolo para el contexto impuesta por el Estado; es por lo que el derecho moderno se entiende desde una concepto juridico, y no acepta teóricamente la posibilidad del pensamiento pluralista jurídico;

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  5. Diego Alejandro Moreno Corzo.

    1. Uso alternativo de derecho: se entiende como un movimiento ligado a la hermeneutica. a la interpretacion diferente que el jurista le da a la ley.
    las leyes originadas por las personas buscan la justicia. pero que en la realidad se reduce el derecho
    a la ley y queda duda de que la afirmación es cierta, porque lo que importa
    sólo, en el ejercicio del derecho, es aplicar la ley; y lo grave es que esa ley
    frecuentemente es injusta y no se corrige por una aplicación que implique
    razón de equidad. Victoriano Salado 1980

    2. El uso alternativo de derecho lo defino como la efectiva y alternativa forma de aplicacion de la ley a las personas mas vulnerables de la sociedad, tambien en la creacion de leyes verdaderamente justas.


    3.Acepciones acerca de Uso alternativo de derecho:

    son varios los significados que tiene y igualmente los autores y doctrinantes que se han dedicado a estudiarlo.

    EL DICCIONARIO ENCICLOPEDICO DE TEORIA Y SOCIOLOGIA DEL DERECHO. Lo define como corriente doctrinal de inspiracion marxista, que sostiene la naturaleza politica del derecho, su caracter de clase y admite la posibilidad de interpretacion contra los intereses de la clase dominante y al servicio de las clases oprimidas.

    Para Saavedra, "se habla de uso alternativo del Derecho como una practica jurídico-política especifica que se inscribe en el seno de formaciones sociales en crisis cuyo sentido estriba en afianzar pasos al nivel de la superestructura jurídica, en la solución emancipadora de las tensiones y contradicciones de dichas formaciones sociales"

    jesus antonio de la torre lo define como una manifestacion del llamado derecho alternativo y tiene que ver con la interpretacion juridica que hacen tanto abogados como jueces en la busqueda de hacer efectivos los derechos de los mas pobres.

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  6. BELEN YURANY TARAZONA OSORIO

    USO ALTERNATIVO DEL DERECHO


    Qué se entiende por USO ALTERNATIVO DEL DERECHO?

    cuando los jueces y abogados interpretadores de la norma se colocaron en la tarea de crear un sitema mas eficiente que tratara y diera solucion a los conflictos de la epoca se dieron cuenta que el derecho era tan deficiente que solo protegia los intereses de la alta burguesia de la sociedad olvidando que el derecho fue creado en primera instancia para la resolucion de conflictos de toda la clase.

    como bien se sabe cambiar todo un ordenamiento juridico es algo inconsebible en el sentido que seria un caos pues empezar a reconstruir toda seria dejar el sistema juridico dejando sin efectos ; de tal manera el uso alternativo del Derecho pretende dirigir las interpretaciones jurídicas para mejorar el contradicciones sociales no para la supervivencia e las instituciones, sino para encajar adecuadamente el derecho y proteger de esta manera a toda la sociedad.

    Cómo define usted el USO ALTERNATIVO DEL DERECHO?

    como un nuevo sistema implementado para la solucion de conflictos que el ordenamiento juridico existente no puede solucionar por la saturacion de negocios que tiene la justicia, de tal manera se podris inferir que esa especie de derecho alternativo como lo manifiesta en doctor BARCELLONA, en sus multiples intervenciones respecto del uso alternativo del derecho.


    Cuáles son las acepciones del USO ALTERNATIVO DEL DERECHO?

    - una manifestacion del llamado D. ALTERNATIVO y tiene que ver directamente con la interpretacion juridica que hacen los abogado y jueces en la busqueda de hacer efectivos los derechos de los mas pobres
    -el uso alternativo es un sistema ligado a la hermeneutica por lo que tiene tres especies de relevancia:
    el positivismo de combate: consiste en la lucha para que el DERECHO OBJETIVO sea realmente efectivo.
    el uso alternativo del derecho: es el proceso hermeneutico por el cual el interprete da a la norma legal un sentido diferente del pretentido por el legislador de la clase dominante
    el derecho alternativo: consiste en aquella juricidad producida por los grupos sociales como los uso y costumbres de los pueblos o el derecho que se ha dado a si nismo para organizar la tendencia de la tierra.

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  7. 1.ENTIENDO POR USO ALTERNATIVO DEL DERECHO NO APLICA UNA CONCEPCION DEL DERECHO YA POSITIVADO COMO UNA INTANCIA FUNGIBLE O MANIPULABLE AL GUSTO DEL OPERADOR DE TURNO.

    2. DEFINO EL USO ALTERNATIVO DE DERECHO QUE NO TRATA DE HACER LA REVOLUCION CON EL DERECHO SI NO RECONDUCIR LAS INTERPRETACIONES JURIDICAS PROGRESISTAS AL DESAROLLO DE LAS CONTRADICCIONES SOCIALES NO PARA LA SUPERVIVIENCIA DE LAS INSTITUCIONES SI NO PARA RESTITUIR ALA CLASE OBRERA LA CAPACIDAD CREADORA DE LA HISTORIA.

    3. ACEPCIONES DEEL USO ALTERNATIVO DEL DERECHO
    EL DICCIONARIO ENCICLOPEDICO DE TEORIA Y SOCIOLOGIA DE DERECHO DEFINE EL TERMINO ALTERNATIVO USO DEL DERECHO DE TRES MANERAS
    CORRIENTE DOCTRINAL Y PRAXIS JURIDICO POLITICO GENERALMENTE DE INSPIRACION MARXISTA QUE SOSTIENE LA NATURALEZA POLITICA DEL DERECHO.

    .COMO METODOLOGIA JURIDICA ESTABLECIDA APARTIR DE UNA REFLEXION TEORICO SOBRE EL CONOCIMINETO JURIDICO Y LA NATURALEZA DE DERECHO.

    . COMO PRACTICA JURIDICA POLITICO EN EL SENTIDO DE LA UTILIZACIION DE LAS NORMAS JURIDICAS.

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  8. LAURA LILIANA TRUJILLO PACHECO
    1.ENTIENDO POR USO ALTERNATIVO DEL DERECHO NO APLICA UNA CONCEPCION DEL DERECHO YA POSITIVADO COMO UNA INTANCIA FUNGIBLE O MANIPULABLE AL GUSTO DEL OPERADOR DE TURNO.

    2. DEFINO EL USO ALTERNATIVO DE DERECHO QUE NO TRATA DE HACER LA REVOLUCION CON EL DERECHO SI NO RECONDUCIR LAS INTERPRETACIONES JURIDICAS PROGRESISTAS AL DESAROLLO DE LAS CONTRADICCIONES SOCIALES NO PARA LA SUPERVIVIENCIA DE LAS INSTITUCIONES SI NO PARA RESTITUIR ALA CLASE OBRERA LA CAPACIDAD CREADORA DE LA HISTORIA.

    3. ACEPCIONES DEEL USO ALTERNATIVO DEL DERECHO
    EL DICCIONARIO ENCICLOPEDICO DE TEORIA Y SOCIOLOGIA DE DERECHO DEFINE EL TERMINO ALTERNATIVO USO DEL DERECHO DE TRES MANERAS
    CORRIENTE DOCTRINAL Y PRAXIS JURIDICO POLITICO GENERALMENTE DE INSPIRACION MARXISTA QUE SOSTIENE LA NATURALEZA POLITICA DEL DERECHO.

    .COMO METODOLOGIA JURIDICA ESTABLECIDA APARTIR DE UNA REFLEXION TEORICO SOBRE EL CONOCIMINETO JURIDICO Y LA NATURALEZA DE DERECHO.

    . COMO PRACTICA JURIDICA POLITICO EN EL SENTIDO DE LA UTILIZACIION DE LAS NORMAS JURIDICAS.

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  9. SAAVEDRA entiende que el Uso Alternativo del Derecho es "la propuesta, tanto de carácter práctico como teórico, de utilizar y consolidar el derecho y los instrumentos jurídicos en una dirección emancipadora,; o, lo que es lo mismo, de ampliar los espacios democráticos en el nivel jurídica de una sociedad determinada" comparto este concepto ya que considero que
    el uso alternativo del derecho da la posiblidad a los jueces como a los abogados de interpretar la norma de una manera diferente con el fin de buscar siempre una regulacion social,un nuevo poder democratico que cada dia se consolida mas, basado en la construccion y el desarrollo de valores...primordialmente de aquella clase dominante que carece de derechos...
    CLAUDIA PATRICIA AMAYA VALENCIA

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  10. ENTIENDO POR USO ALTERNATIVO DEL DERECHO...
    Un modelo de construcción del derecho, que tiene su fundamento en el desarrollo desde cierto punto de vista, que implica los valores asociados a la reafirmación de la libertad humana frente a los abusos del Estado, del derecho a la vida, de la lucha por la repartición del producto social, por la reducción de la desigualdad...
    CLAUDIA PATRICIA AMAYA VALENCIA

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  11. Karen Jinesa Pérez Guerrero.

    1. Considero que hay una acepción acertada de uso alternativo del derecho en el escrito de Jesus Antonio de la Torre Rangel donde define el uso alternativo del derecho como la interpretación juridica que hacen tanto los abogados como los jueces en la busqueda de hacer efectivos los derechos más pobres en la sociedad .
    Es una postura eminentemente clara por cuanto hablamos de pobres no solo hacen referencia al factor económico sino a las organizaciones sindicales, indigenas, campesinas a victimas etc.. Por ello se hace la aplicación del uso alternativo del derecho para tratar de equilibrar el derecho y llenar las ambiguedades y oscilación en la que estaba decayendo esté.

    2. Para mi el uso alternativo del derecho es una nueva corriente en donde hay un papel primordial en los jueces y abogados como cambio social, a través de la interpretación y aplicación de la norma para asi buscar favorecer clases o factores menos favorecidos .

    Al hablar del UAD también estamos hablando de un derecho garantista es decir que aquellos operadores del derecho deben garantizar los derechos y libertades que se encuentran consagrados en la constitución, acá debe haber un rechazo al privilegio y darle paso a la igualdad. Entonces así que seria agotante y un retroceso en derecho volver a construir la funcion politica del derecho es mucho más fácil encontrar otras soluciones por medio de las distintas interpretaciones y aplicaciones del derecho de ahi la aplicación uso alternativo del derecho ..

    3. Para Rosa de Andrade el UAD.... Es el proceso hermenéutico por el cual el interprete da a la norma legal un sentido diferente del pretendido por el legislador de derecha o por la clase dominante.

    Agustin Aguilera Estrada..Lo que Magistratura Democrática buscaba, era un uso del derecho diferente que condujera, sin tibieza ni ambigüedades, a una protección efectiva de las clases oprimidas".

    Bergalli...considera que el movimiento latinoamericano del uso alternativo del derecho se presenta como una renovación metodológica de la ciencia del derecho, centrado en la práctica de los servicios jurídicos al servicio de los oprimidos. Pero su papel y su visión crítica no serían claros: solamente se proponen tácticas de acción frente a un derecho injusto, en lugar de una estrategia de fondo.

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  12. Jorge Andres Martinez Santafe

    1. que se entiende por Uso Alternativo del Derecho?

    R/:en las palabras del doctor Jesus Antonio De la Torre "El uso alternativo del Derecho es una manifestación del
    llamado Derecho Alternativo y tiene que ver directamente con la
    interpretación jurídica que hacen tanto abogados como jueces en la
    búsqueda de hacer efectivos los derechos de los más pobres en la
    sociedad." entendido esto, que el uso alternativo del derecho deriba de una forma alternativa del derecho tradicional la cual desde una concepcion primera; es el proteccionismo de los derechos a los mas pobres en la sociedad, podemos entender que esta forma de uso alternativo del derecho hace parte de una nueva manera de ver he interpretar el derecho sin la necesidad de entrar a un conflicto por la via juridica para redimir nuestras asperezas. en pocas palabras otra forma de interpretar y hacer efectivo los derechos de los asosiados con una correcta interpretacion en derecho tanto de los tecnicos y prefesionales juridicos idoneos como de cualquier otro ciudadano que puede ejercer esta forma alternativa de derecho sin asumir las costas de un proceso ordinario.

    2.Como define usted el Uso Alternativo del Derecho?

    R/: el uso alternativo del derecho lo definiria como una forma nueva de interpretacion y efectividad juridica, que entra a lidiar en una sociedad de congestion judicial, para encontrar una via alterna para la solucion de conflictos, una justica rapida y eficaz sin apartarse nunca del derecho, en donde se da una proteccion directa a esas personas que poseen excasos de recursos para ir a la via ordinaria, como a cualquier otro administrado que desee un efectivo usu de sus derechos.

    3. Cuales son las acepciones del Uso Alternativo del Derecho?

    R/ de nuevo invocando las palabras del doctor Jesus Antonioo de la Torre nos da la explicacion de las acepciones que trae la conjugacion de palabras USO ALTERNATIVO del DERECHO de esta manera "“positivismo de combate”, el “uso alternativo del derecho” y el “derecho alternativo” en sentido estricto.3 El primero consiste en la lucha
    porque el derecho objetivo (aquellas leyes que reconocen los derechos del pueblo, de las
    clases populares, de los pobres) sea realmente efectivo; la búsqueda de que el derecho
    positivizado sea eficaz en aquello que favorece a los más desvalidos de la sociedad. Esta
    primera acepción de Derecho Alternativo, nosotros la hemos considerado como uno de los
    espacios del uso alternativo del derecho4. La tercera especie, esto es, el “derecho
    alternativo”, en sentido estricto, constituye el “pluralismo jurídico”. llamando asi especies formas de acepciones o cargas de significacion a lo que se llama uso alternativo del derecho.

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  13. KELLY JOHANA VILLAMIZAR GUTIERREZ

    1- " El Uso alternativo es una manifestacion del derecho y tiene que ver directamente con la interpretacion juridica que hacen tanto abogados como jueces en la busqueda de hacer efectivo los derechos de los mas pobres en la sociedad. "

    Jesus Antonio de la Torre Rangel

    2- Definicion: Es un modelo de derecho que surge en contravia del modelo de las sociedades capitalistas y busca favorecer a las persona mas vulnerables y desprotegidas. Es una alternativa para el derecho en la solucionde conflictos que el ordenamiento no puede solucionar, taambien busca laa realizacion de la justicia bajo una nueva concepcion sin la discriminacion de las clases desprotegidas y les permite el acceso a ésta.

    3- Acepciones:
    J0SÉ MARÍA LASO PRIETO
    " la teoría del uso alternativo del Derecho se basa en una crítica materialista de las categorías jurídicas. Es decir, en un enfoque del Derecho considerándolo en cuanto a norma o volición social reguladora, y, simultáneamente, en cuanto a institución social que actúa como articulación de la realidad social misma. "

    TARSO FERNANDO GENRO
    " Es siempre la mejor posibilidad
    de un sistema jurídico, dada por los conflictos sociales e individuales
    que lo generan, por su historia y por la cultura de la
    sociedad en que emerge. No es el arbitrio del individuo-Juez, ni
    su simple voluntad política ante la crisis de un sistema; sino es
    un acto de construcción y de desarrollo de valores que ya están
    puestos por la historia de afirmación de la libertad humana, de
    derecho a la vida, de la lucha por la repartición del producto
    social, por la reducción de la desigualdad y por la defensa del
    futuro del hombre preservándole el ambiente y la naturaleza "

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  14. Jose Gregorio Becerra Bohorquez

    1)Qué se entiende por USO ALTERNATIVO DEL DERECHO?
    El uso alternativo del derecho es el producto de la evulocion del mismo y una forma de dirimir los conflictos, que implica el ir mas alla del legalismo y abre las puertas a diferentes estrategias cuyo fin escencial es la proteccion de los bienes juriccos de las personas y la obtencion de justicia, cuando estos han sido vulnerados por los vicios y fallas en la administracion de esta.

    2)Cómo define usted el USO ALTERNATIVO DEL DERECHO?
    como el conjunto de estrategias que busca implantar nuevas y creativas formas a la hora de impartir justicia, guiado siempre por la equidad social y el respeto a los derechos fundamentales.

    3)Cuáles son las acepciones del USO ALTERNATIVO DEL DERECHO?
    El uso alternativo del derecho puede ser visto como una herramienta que busca el restablecimiento de la justicia y generar cambios en la administracion de esta, tambien puede ser considerada como el conjunto de estrategias que van mas alla de lo establecido en las leyes y codigos.

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  15. LILIANA MAGNOLIA BAUTISTA MARIN

    El Uso Alternativo del Derecho es una corriente de pensamiento que busca dar al Derecho en si mismo una interpretación mas justa, puesto que pretende que los profesionales del derecho en general, es decir todos aquellos que de una forma u otra se desenvuelven en el ambiente juridico, empiecen a llevar a cabo una practica diferente del mismo, dando una interpretación mas amplia, esto es, que al momento de encontrarse frente a un caso concreto, se analice qué tipo de caso es, quiénes intervienen en él y de qué manera lo hacen, y en virtud de ello se aplique el Derecho de una manera completa, es decir, que si la ley aplicable al caso no es la mas justa, se puede omitir su uso y dar aplicación a todas las fuentes, como la costumbre, los principios generales del Derecho, la Jurisprudencia, y los pactos internacionales.
    ¿Qué significa esto?
    Que a la hora de un juez o un abogado tener que analizar la manera mas adecuada para solucionar un conflicto, cada cual desde su posición, debe analizar en primer lugar cuál sería la solución mas justa en una situación concreta, citando a Jesus Antonio de la Torre Rangel "Si la norma fuese contraria a la solución mas justa para el caso concreto, el abogado debe defender su tesis lo mismo contra la norma, y si fuese el juez debe juzgar contra la ley"1.

    Personalmente, considero que el Uso Alternativo del Derecho es, como su nombre mismo lo indica, una alternativa a la manera clásica de interpretar y aplicar el derecho; puesto que generalmente en nuestra sociedad vivimos una clara desigualdad, esta manera nos permite llegar a un final mas justo, mas correcto y mas equitativo para todos los que somos sujetos de derecho y que de alguna manera nos vemos afectados por él.
    Al aplicar esta forma de interpretación jurídica, logramos que el derecho deje de ser esa entidad estática y rígida, que por estas mismas caracteristicas acaba siendo injusta, que es todo lo contrario al fin que idealmente persigue el derecho.
    Al dar la oportunidad de que el sistema jurídico sea mas abierto, poniendole como límites sus propias fuentes, como por ejemplo los principios generales, se logra una interpretación desde todo punto de vista, mas justa.

    En cuanto a las acepciones se le ha enfocado como: Positivismo de combate, Derecho Alternativo y Uso Alternativo del Derecho.
    En el primer caso se refiere a que el derecho positivo sea mas eficaz para aquellos que estan en una situación de desventaja dentro de la sociedad; el Derecho Alternativo se refiere a aquellas costumbres propia de un grupo concreto dentro de sociedad, como lo son por ejemplo los indigenas, que tiene en muchos casos su propia normatividad.

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  16. 1. Qué se entiende por USO ALTERNATIVO DEL DERECHO?
    R/Con la denominación de «el uso alternativo del Derecho» es conocida una teoría jurídica marxista que surgió en Italia en la década del 70 del siglo XX. Poco después se ha extendido por el Occidente europeo y asimismo lo está haciendo actualmente por Brasil y la República Argentina. Su denominación se deriva del hecho de que el Derecho se ha utilizado tradicionalmente al servicio de las clases dominantes y de que ahora se trataría de usarlo al servicio de las clases subalternas.

    2. Cómo define usted el USO ALTERNATIVO DEL DERECHO?
    R/ El uso alternativo del derecho, no trata de haxcer una revolucion con el derecho, sino de reconducir las interpretaciones juridicas progresistas al desarrollo de las contradicciones sociales, no para la supervivencia de las instituciones, sino para restituir a la clase obrera la capacidad creadorade la historia.

    3. Cuáles son las acepciones del USO ALTERNATIVO DEL DERECHO?
    R/1º- Movimiento del uso alternativo del derecho (Catania 1972).
    2º- Critica Legal Studies (movimiento del Estudio critico del Derecho).
    Ambos movimientos, ponen enfasis en el caracter politico del derecho. Ambos movimientos responden a una politica progresista del Derecho.
    Hay tambien, quienes defienden esta teoría, como la llamada Teoría Alternativista, hoy más vigente que nunca y aunque resulte impensable, desconocida para muchos; la ubican como una salida, una solución frente al Uso Abusivo del Derecho del Estado Burgués, cuyos habitantes se encuentran bajo el dominio exclusivo de una clase social: la burguesa.
    autores como López, la definen e interpretan como "la teorización iuslaternativista" responde, entre otras cosas, a la crisis que sufren los modelos de ciencia jurídica y del mismo Derecho que, con mayor o menor fortuna, han estado vigentes en el ámbito de la cultura burguesa de Occidente.
    Y tal y como lo señala el referido autor, la aparición del Uso Alternativo del Derecho "no significa la desaparición del Derecho, que sigue cumpliendo un relevante papel social aunque sea generalmente un papel de dominación de clase".


    NEFER LEANDRO MORA DURÁN.

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  17. LUZ MARINA RAVELO RODRIGUEZ

    Que se entiende por Uso Alternativo del Derecho?
    "Profesor Lopez Calera" El uso Alternativo del Derecho no trata de hacer la revolucion con el derecho, sino de reconducir las interpretaciones juridicas progresistas al desarrollo de las contradicciones sociales no para la supervivencia de las instituciones, sino para restituir a la clase obrera la capacidad creadora de la historia.

    Entiendo entonces por lo anteriormente leido el Uso Alternativo del Derecho como una forma diferente de interpretar y aplicar el derecho de tal manera que se logre inclinar la norma de manera positiva hacia las clases menos favoresida aun cuando la norma a simple vista y sin una profunda interpretacion paresca totalmente negaiva para estas clases

    Algunas acepciones del Uso Alternativo del Derecho son la teoria marxista, Judicatura, Magistratura Democratica,

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  18. Jennifer paola contreras velasquez

    " el uso alternativo del conflicto se entiende como manifestaciones que tienen que ver direstamente con la interpretacion juridica que hacen los estudiosos del derecho (abogados y jueces) para poder garantizar y hacer efectivos los derechos de los mas vulnerables de la sociedad.

    lo podemos definir como diversas acciones encaminadas a la normatividad, derechos sugjetivos, ideas y concretaciones de justicia sea usada al servicio de los mas pobres ante las instancias judiciales y administrativas del estado.

    como una conclusion personal lo que se busca con el uso alternativo es darle como una mayor ampliacion o espacio al derecho desde diversos puntos de vista e interpretaciones , dirigirnos a la realidad y colocar como intermediarias las normas para asi poder elaborar una gestion directa con la sociedad y todos sus intereses.

    Diversas expresiones se
    emplean para indicar el uso alternativo del derecho el mismo concepto: tratamiento alternativo
    de resolución de conflictos, mecanismos alternativos de tratamiento
    de conflictos, medios alternativos de solución de conflictos, justicia informal,
    justicia comunitaria, entre otros. Todos estos términos se emplean.

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  19. JEINNER ANDRES CELY CARDENAS

    ¿Qué se entiende por uso alternativo del derecho?

    En América latina la definición de uso alternativo del derecho no se había definido con tanta claridad, este movimiento de cultura jurídica como con las aportaciones de los juristas colombianos. Y así lo señala ("Jesús Antonio de la Torre Rangel: "Es indudable que la teoría sobre el uso alternativo del derecho que empieza a tomar cuerpo en América latina no es ajena a ciertas perspectivas marxistas y al uso frecuente de sus categorías").

    Y citando a Jesús Antonio Muñoz Gómez,puntualiza en sus palabras que "el uso alternativo del derecho presenta al sistema jurídico con una visión dialéctica, con algo en lo cual se refleja y reproduce la lucha de clases". Por consiguiente susceptible de una práctica diferente, alternativa en beneficio de los oprimidos, y agrega que visto así, el uso alternativo del derecho enriquece la teoría marxista, que sólo veía en su corriente tradicional al derecho como superestructural, como simple reflejo mecánico de la realidad material, con la lógica consecuencia de no poder explicar en forma satisfactoria las dos fases de la ciencia jurídica, ni el papel progresista que puede llegar a desempeñar.

    Dentro de la propuesta del uso alternativo del derecho destacan, como lo hemos empezado a constatar, las actividades que en este sentido se han desplegado en Colombia. En este sentido, el jurista colombiano Víctor Manuel Uribe Urán nos presenta tres espacios de trabajo en los que se ha concentrado la acción de esta tendencia. En primer lugar, la "práctica alternativa"; en segundo, los "servicios legales inovativos" y en tercero, las "potencialidades trasformadoras del uso alternativo del derecho". estoy de acuerdo con la definición que dan los autores mencionados ya que el derecho nace del pueblo este consiste en auqella juricidad producidad en el seno mismo de los grupos sociales , como los usos y costumbres.

    ¿Como define usted el usomalternativo del derecho?

    defino el uso alternativo del derecho como una corriente que es en beneficio de los oprimidos que se da por la lucha de clases y emerge como una corriente teorica y practica de la juricidad en contra de los mitos de lam cultura jurídica moderna capitalista, contestando o negando que las tareas de interpretación y aplicación del derecho sean estrictamente científicas, sosteniendo en contrapartidad la "función política del derecho".
    El uso Alternativo del Derecho debe permitir la reflexión sobre cual sería el tipo de norma que se adecue a los intereses de las clases desfavorecidas y sobre cual el sustento de su interpretación.


    ¿Acepciones del uso alternativo del delrecho?

    - Pluralismo Jurídico.
    - Para R. Bergalli, debe articularse en "la revisión de los conocimientos tradicionales de la dogmática jurídica, la participación de los jueces y la consideración de los movimientos sociales en la creación e interpretación del Derecho".
    - Agustín Aguilera Estrada; Lo que Magistratura Democrática buscaba, era un uso del derecho diferente que condujera, sin tibieza ni ambigüedades, a una protección efectiva de las clases oprimidas.
    -Una teoría jurídica marxista.

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  20. Nombre: ROCIO CAROLINA BLANCO URIBE
    Codigo: 891116-56577
    Fecha: 31/Agosto/2011

    Qué se entiende por USO ALTERNATIVO DEL DERECHO?

    el uso alternativo del derecho es el proceso hermeneutico por el cual el interprete da a la norma legal un sentido diferetne del pretendido po el legislador. Asi, se hara una interpretacion extensiva de los textos legales que favorecen al pueblo, y restrictiva de las normas que favorecen a las clases desfavorables (ROSA DE ANDRADE)

    Cómo define usted el USO ALTERNATIVO DEL DERECHO?

    Yo, defino el USO ALTERNATIVO DEL DERECHO, Como la aplicacion del derecho de una forma diferente adecuando las necesidades o los interes de las clases sociales desfavorecidad.
    El uso alternativo del Derecho debe permitir cual seria el tipo de norma que favorezca a la sociedad, pues aveces nos basamos en lo que dice la norma sin darnos cuenta del aspecto social de las personas, es mejor en ser mas flexible y menos exegéticos.
    El Uso Alternativo Del Derecho es un instrumento que tenemos nosotros los abogamos, jueces, para la interpretacion de la ley, pues una ley injusta no es ley.

    Cuáles son las acepciones del USO ALTERNATIVO DEL DERECHO


    De esta forma para Saavedra, el Uso Alternativo del Derecho, una vez realizada la crítica a las instituciones jurídicas y supuesta neutralidad de los jueces) entiende que el Uso Alternativo del Derecho "la propuesta, tanto de carácter práctico como teórico, de utilizar y consolidar el derecho y los instrumentos jurídicos en una dirección emancipadora,; o, lo que es lo mismo, de ampliar los espacios democráticos en el nivel jurídica de una sociedad determinada"
    Diccionario enciclopedico de teoria y sociologia de derecho define el termino alternativo uso del derecho de tres maneras:
    corriente doctrinal y praxis juridico politico generalmente de inspiracion marxista que sostiene la naturaleza politica del derecho

    Rosa de Andrade, teórico y juez alternativista brasileño, siguiendo a Amilton Bueno de Carvalho, propone la locución Derecho Alternativo (Direito Alternativo) como
    género que admite tres especies: el “positivismo de combate”, el “uso alternativo del derecho” y el “derecho alternativo” en sentido estricto.
    El primero consiste en la lucha porque el derecho objetivo (aquellas leyes que reconocen los derechos del pueblo, de las clases populares, de los pobres) sea realmente efectivo; la búsqueda de que el derecho positivizado sea eficaz en aquello que favorece a los más desvalidos de la sociedad. Esta primera acepción de Derecho Alternativo, nosotros la hemos considerado como uno de los espacios del uso alternativo del derecho.
    . La tercera especie, esto es, el “derecho alternativo”, en sentido estricto, constituye el “pluralismo jurídico” del que teoriza Antonio Carlos Wolkmer y que otros hemos llamado “el derecho que nace del pueblo”
    . Éste consiste en aquella juridicidad producida en el seno mismo de los grupos sociales, como los usos y costumbres de los pueblos indígenas o el derecho que se ha dado a sí mismo

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    1. Me parece la mejor respuesta. excelente. Porfa comunicate.

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    2. Ahh, mi numero es 05032009. Era un dia jueves.

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  21. Qué se entiende por Uso Alternativo Del Derecho?

    "Su denominación se deriva del hecho de que el Derecho se ha utilizado tradicionalmente al servicio de las clases dominantes y ahora se trata de utilizarlo también en beneficio de las clases subalternas." José María Lapso Prieto.


    Cómo define usted el Uso Alternativo Del Derecho?

    el Uso Alternativo Del Derecho es el resultado de un proceso evolutivo del derecho que busca hacer cumplir a cabalidad los intereses sociales que con el unico fin de que junto con la interpretacion de las leyes se imparta una verdadera justicia.

    Cuáles son las acepciones del Uso Alternativo Del Derecho?

    "El Otro Derecho" en cuanto su práctica va centrada a los servicios jurídicos al servicio de los oprimidos.

    " La propuesta de carácter práctico como teórico de utilizar y consolidar el derecho y los instrumentos jurídicos en una dirección emancipadora; ó lo que es lo mismo, de aplicar los espacios democráticos en el nivel jurídico de una sociedad determinada. Para ello se trataría de proyectar y realizar una cultura y una práctica jurídica alternativa a la cultura y la práctica dominante , a fin de, sin romper la legalidad establecida privilegiar en el plano juridico especialmente el plano judicial-unos determinados intereses o una determinada práctica social: los intereses y la práctica de aquellos sujetos jurídicos que se encuentran sometidos por unas relaciones sociales de dominación".Saavedra

    El diccionario enciclopédico de teoría y sociología del derecho defime el término "alternativo"(uso-del derecho)" de tres maneras:
    en primer lugar, como corriente doctrinal y de praxis jurídico-política.
    en segundo lugar, como metodología jurídica establecida a partirde una " reflexión teórica sobre el conocimiento jurídico y la naturaleza del derecho".
    por último, como práctica juridico política, en el sentido de "utilización de las normas juridicas".

    KELLY STEPHANY SANCHEZ ORTIZ

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  22. Wilmer Hernando Sandoval Grimaldo



    1R/
    Saavedra entiende por uso alternativo del derecho "la propuesta, tanto de carácter práctico como teórico, de utilizar y consolidar el derecho y los instrumentos jurídicos en una dirección emancipadora; o, lo que es lo mismo, de empliar los espacios democráticos en el nivel jurídico de una sociedad determinada".
    viene a sostener la desmitificacion dl caracter cientifico de la interpretacion y aplicacion del derecho por parte de los organos judiciales

    2R/
    Es llevar las interpretaciones juridicas al desarrolo, en beneficio de la democracias y obviamente las clases mayoritarias (obreras).

    3R/
    Rosa de Andrade cita. "es el proceso hermeneutico por el cual el interprete da a la norma legal un sentido diferente del pretendido por el lesgislador de derecha o por la clase dominante"

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  23. Andry Lorena Quintero Rincon

    1. La nueva forma de interpretar el derecho y no quedarnos explicitamente en el tenor literal de la ley, es la lucha para que el derecho objetivo sea efectivo; teniendo en cuenta la equidad como parte importante a la hora de proteger los derechos de la sociedad en general.

    2. Es un medio de justicia facil y rapido de encontrar una solucion a un conflicto mediante sus mecanismos, es no negar la ley sino enfocar nuestro pensamiento de manera mas abierta a lo que estamos acostumbrados sobre el derecho; es emanciparnos de las teorias clasicas en cuanto a la cultura juridica y politica que todos tenemos... sin dejar de lado la equidad que tal vez sea lo mas importante en el momento de dimensionar nuestro pensamiento.

    3. "Positivismo de combate, es la busqueda de que el derecho positivizado sea eficaz en aquello que favorece a los mas desvalidos de la sociedad".
    "el uso alternativo del derecho es el proceso hermenéutico por el cual el intérprete da a la norma legal un sentido diferente del pretendido por el legislador de derecha o por la clase dominante".
    "derecho alternativo, en sentido estricto, constituye el “pluralismo jurídico” del que teoriza Antonio Carlos Wolkmer y que otros hemos llamado “el derecho que nace del pueblo”.
    * Ledio Rosa de Andrade

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  24. 1. QUE SE ENTIENDE POR USO ALTERNATIVO DEL DERECHO

    el uso alternativo del derecho es una tendencia que cada vez toma mas fuerza a este lado del hemisferio como una alternativa. de ahi su nombre en el que el derecho se incorpora en la sociedad, en esferas que aparentemente eran abarcadas por todo el ordenamiento juridico para convertirse no en algo abstracto y que llega a ciertos sectores de la sociedad dominante sino en un instrumento util para una verdadera democracia en la que todos los sectores sociales tanto los favorecidos como los oprimidos puedan acceder para solucionar los conflictos y gozar de un verdadero Estado de Derecho.

    2. COMO DEFINE USTED EL USO ALTERNATIVO DEL
    DERECHO
    Como un nuevo enfoque en el cual el derecho
    no es visto como tradicionalmente se ha
    empleado, todos los operadores del derecho
    tanto legisladores como jueces y abogados
    deben concientizarse en que la consecuencia
    de todas las decisiones por buenas o malas
    que sean tienen una repercusion en los ciuda
    danos de un Estado es una "Responsabilidad
    social" en darle una vision mas humana y
    real al derecho.

    3. CUALES SON LAS ACEPCIONES DE USO
    ALTERNATIVO DEL DERECHO.
    Principales acepciones

    practica juridica en la cual se
    emplean las normas juridicas bajo
    otro enfoque

    metodologia juridica en que se
    cuestiona la naturaleza del derecho

    nueva cultura juridica en el sentido
    de como los legisladores y jueces "cambien
    las reglas del juego" a la hora de crear
    e interpretar las leyes liberandose de la
    coyuntura tradicional.


    YULY MARIA UNFRIED PINO

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  25. Juan Carlos Cristancho García

    Qué se entiende por USO ALTERNATIVO DEL DERECHO?

    Es una corriente innovadora (todavía para algunos), que ha buscado equilibrar la aplicación del derecho; corriente esta, que inicialmente se fundamentó en buscar esa balanza en la aplicación del derecho en las clases sociales más desprotegidas y como una critica o protesta de las instituciones jurídicas preestablecidas por el sistema económico predominante; aunque con el paso del tiempo ha logrado generar ópticas y mecanismos diferentes en la aplicación que tradicionalmente se le ha dado al derecho.


    Cómo define usted el USO ALTERNATIVO DEL DERECHO?

    Hay quienes pensamos que el derecho es una ciencia social y que como tal debe propender por buscar soluciones a las problemáticas que surgen en el conglomerado; pero... esas soluciones no siempre son las más adecuadas, justas y oportunas; es allí, frente a esas problemáticas que se da el Uso Alternativo del Derecho, como una manera de coadyuvar al derecho en la solución de los problemas sociales.

    Alternativas que se dan a través de mecanismos novedosos al entender de algunos y que buscan la aplicación adecuada, justa y oportuna de las normas jurídicas, no solo por intermedio de la administración de justicia, sino permitiendo que otros actores ingresen a aportar en lo que algunos denominamos ese fin último del derecho "una justicia justa"

    Cuales son las acepciones del USO ALTERNATIVO DEL DERECHO?

    Para dar respuesta a este pregunta, debo citar al Juez Brasileño Rosa de Andrade, quien propone que locución Derecho Alternativo admite tres (3) especies:

    1. El Positivismo de Combate.
    2. El Uso Alternativo del Derecho y
    3. El Derecho Alternativo

    El Positivismo de Combate, es esa lucha porque el derecho objetivo sea realmente efectivo. Es buscar que las normas positivas favorezcan en lo que deban a los más desprotegidos de la sociedad.

    El Uso Alternativo del Derecho, es buscar una interpretación diferente a la norma; norma que se presupone fue creada por un legislador de derecha y en favor de la clase dominante. Por lo que con Uso Alternativo del Derecho lo que se busca es favorecer al conglomerado social desfavorecido en la interpretación y aplicación de las normas.

    El Derecho Alternativo, es aquel que se produce en el seno del conglomerado, de los desfavorecidos, de las minorías; es la aplicación de los usos y costumbres de los pueblos en la solución de los conflictos. En Colombia un ejemplo de ello es la jurisdicción especial indígena.

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  26. 1.Qué se entiende por USO ALTERNATIVO DEL DERECHO?.
    El uso alternativo del Derecho es una manifestación del
    llamado Derecho Alternativo y tiene que ver directamente con la
    interpretación jurídica que hacen tanto abogados como jueces en la
    búsqueda de hacer efectivos los derechos de los más pobres en la
    sociedad. En este trabajo se propone el uso de una hermenéutica
    analógica, que implica la equidad y la prudencia, ligada al uso
    alternativo del Derecho como instrumento para lograr la justicia.

    Cómo define usted el USO ALTERNATIVO DEL DERECHO?

    es aplicar un ordenamiento Jurídico realmente existente para que pueda servir como herramienta para el cambio y no como mera salvaguarda de la clase dominante.

    es contribuir a la construcción de una sociedad más justa aplicando en su labor los valores más progresistas del Ordenamiento Jurídico (valores que se encuentran consagrados nada menos que en la cosntitucion)

    Cuáles son las acepciones del USO ALTERNATIVO DEL DERECHO?

    - una lucha juridica y politica

    - un conjunto de normas que organizan la violencia y tienen como fin elcontrol de los dominados por parte de los dominadores que son los politicos y las clases dominantes.

    - se señala que se ddebe considerar el estado y derecho como superestructuras con consecuencias de las luchas de clases

    JOSE DARIO CONTRERAS SANGUINO

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  27. 1. Para Jesus Antonio de la Torre Rangel
    "El uso alternativo del Derecho es una manifestación del
    llamado Derecho Alternativo y tiene que ver directamente con la
    interpretación jurídica que hacen tanto abogados como jueces en la
    búsqueda de hacer efectivos los derechos de los más pobres en la sociedad"
    Segun la concepcion de rangel y habiendo examinado previamente otras posiciones diria que segun lo leido se entiende como uso altrnativo del derecho las diferentes practicas juridicas que pretenden que toda la normatitava existente se utilize con miras a un cambio social en el cual se favoreceria a los pobres.

    2. Para mi uso alternativo del derecho es una practica marxista que no busca otra cosa mas que darle nuevamente sentido al derecho ya que hemos podido observar como verdaderamente hay un atraso en el Estado social de derecho que una vez proclamamos.
    La igualdad entre las clases sociales no se ha llegado a un feliz termino y muchas veces pareciera que las leyes no estan orientadas a una decision justa por tanto el darle al juez la potestad de ejercer como legislador en los casos que considere justos aunque vallan en contra de la ley seria una buena idea siemepre y cuando no se convirtiere esta en otra desventaja para los pobres, quiero decir que tendria haber mas que un cambio en la legislacion deberia haber un cambio profundisimo en la estructura del Estado para no permitir que el juez se aprovechara de su posicion para ejercer de mala forma su nueva facultad.

    3. hay tres acepciones a las que hare referencia son las encontradas el texto de hermenautica analogica, justicia y uso alternativo
    * el positivismo de combate: consiste en la lucha
    porque el derecho objetivo
    * el uso alternativo del derecho:la búsqueda de que el derecho
    positivizado sea eficaz en aquello que favorece a los más desvalidos de la sociedad.
    * el derecho alternativo en sentido estricto:constituye el “pluralismo jurídico” del que teoriza Antonio
    Carlos Wolkmer5 y que otros hemos llamado “el derecho que nace del pueblo”. Éste
    consiste en aquella juridicidad producida en el seno mismo de los grupos sociales, como los
    usos y costumbres de los pueblos indígenas.
    A mi parecer el positivismo de combate es realmente el mejor orientado si lo que deceamos no es darle un vuelco total al ordenamiento juridico del Estado pero con ello nos ariesgariamos a recaer en el problema actual que estamos tratando de erradicar.
    en cambion si lo que buscamos en un cambio radical obtaria por el uso alternativo del derecho.

    Emely Jzmin Marin Aponte.

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  28. 1. que se entiende por uso alternativo del derecho?

    Esta corriente tuvo su nacimiento en Italia, auspiciada por la Magistratura Democrática, una asociación de magistrados progresistas, sobre todo a partir de 1970. En ella se integran profesores universitarios, magistrados y abogados con tendencia fundamental, aunque no exclusivamente, marxista. Es una rebelión en contra de la idea y práctica de un derecho que se estima dirigido tan sólo a la conservación y reproducción del modo de producción capitalista. Se habla de "uso alternativo del derecho" frente a un "uso evolutivo del derecho", significando éste la posibilidad de un progreso de la organización social existente mediante la aplicación de las mismas teorías y técnicas que han prevalecido hasta ahora en el campo jurídico.

    Lo que Magistratura Democrática buscaba, con una gama amplia de matices, era un uso del derecho diferente que condujera, sin tibieza ni ambigüedades, a una protección efectiva de las clases oprimidas.

    Los aportes de Pietro Barcellona

    Uno de los juristas más representativos del "uso alternativo del derecho" es Pietro Barcellona, que en su obra elaborada en coautoría con Giuseppe Cotturri afirma que está claro que no es posible plantearse el problema del uso alternativo del derecho, entendido en el único sentido posible de esa fórmula, como práctica jurídica en contradicción con el designio de desarrollo social expresado (también jurídicamente) por la clase dominante, sin plantearse igualmente el problema de una cultura jurídica alternativa, en el sentido de un análisis del sistema y de una elaboración de técnicas y categorías conceptuales divergentes de las que emplean los modelos culturales dominantes.
    Agustin Aguilera Estrada.

    2, COMO DEFINE UD. EL USO ALTERNATIVO DEL DERECHO?

    El uso alternativo del derecho es un mecanismo auxiliar para ayudar a la descongestion judicial, sirviendo como alternativa a los conflictos que dentro de la sociedad se surten de una manera àgil y oportuna logrando mejorar las relaciones entre los individuos y la confianza de estos en la administracion de justicia.
    El uso alternativo del derecho es una manifestacion del llamado derecho alternativo que constituye el pluralismo juridico y que algunos han llamado "el derecho que nace del pueblo".

    3. CUALES SON LAS ACEPCIONES DEL USO ALTERNATIVO DEL DERECHO?

    ledyo rosa de andrade, teorico y juez alternatista brasileño admite tres especies:

    a. uso alternativo del derecho: consiste en la lucha porque el derecho objetivo sea realmente efectivo.

    b. el uso alternativo del derecho:la busqueda de que el derecho positivizado sea eficaz en aquello que favorece a los mas desvalidos de la sociedad.

    c. el derecho alternativo: consiste en aquella juridicidad producida en el seno mismo de los grupos sociales, en la aplicacion de las costumbres de los pueblos en la solucion del conflicto.
    RESFA JACQUELINE MARTINEZ MURILLO.

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  29. JENNIFER FONTANILLA
    Definicion propuesta por André–Jean Arnaud y María José Fariñas Dulce
    “... lo alternativo puede definirse como aquella práctica o procedimiento de derecho propuesto o elegido deliberadamente por aquellos sujetos que han establecido un vínculo jurídico entre ellos, fuera de la esfera de regulación del derecho en vigor que sería normalmente aplicable a esta relación. Por informal se entiende toda práctica o procedimiento, de Derecho o nacido de la voluntad de los sujetos afectados, que escapa a las formas ordinarias o extraordinarias fijadas por el Derecho en vigor aplicable a la hipótesis de que se trate”
    Que entiende por uso alternativo de derecho?
    con respecto a lo anterior podemos dilucidar como el uso alternativo del derecho , nos implica despejar de nuestra mente una concisa pero limitada concepcion del derecho como son las normas juridicas positivas impuestas por el Estado, o el deber ser plasmado en dichas normas positivas, ya que lo alternativo tiende a vivificar de una manera amplia el derecho para poder satisfacer los fines y no fracasar con los medios en la adminsitracion de justicia , es importante tener en cuenta que lo alternativo es lo variable , lo rotario que es tan necesario para la sociedad, la cual esta sujeta de cambios y lo mas importante de necesidades , que se fundamentan en buscar la solucion de un conflicto eminentemente juridico, el derecho positivo podra estar muy bien estructurado, sin embargo la magnitud de situaciones juridicas o relaciones juridicas a las que esta expuesta la admisnitracion de justicia, no se encuentra positivamente en la ley por tanto la hermeneutica juridica se consolida como interpretacion de los textos legales necesariamente para aplicarla a cada caso es aqui el rompimiento de lo univoco o lo singular y observamos como el pluralismo juridico se ve manisfiesto , naciendo no de lo formal , si no de las realidades sociales por ello lo alternativo implica una interpretacion analogica.
    Pienso que entender la nocion del uso del derecho alternativo, nos debe contextualizar en la historia suscitamente como la manifestacion de los conflictos sociales por parte de las clases populares en contra del poder dominante que regia, donde se buscaba la equidad la justicia y la proteccion de sus derechos como menos favorecidos, asi mismo la acepcion actual del derecho alternativo pronpende en la misma perspectiva garantizando en las manifestaciones de las comunidades campesinas o urbanas que se organizan entorno a interes comunes llegando justamente a incluir practicas alternativas de justicia para la solucion de conflictos, origen y resultado, de la dinamica propia de su organizacion.
    ACEPCIONES DEL USO DE DERECHO ALTERENATIVO:
    Primero consiste en la lucha porque el derecho objetivo (aquellas leyes que reconocen los derechos del pueblo, de las clases populares, de los pobres) sea realmente efectivo; la búsqueda de que el derecho positivizado sea eficaz en aquello que favorece a los más desvalidos de la sociedad.

    Segunda consiste el uso alternativo del derecho emerge como una corriente teórica y práctica de la juridicidad en contra de los mitos de la cultura jurídica moderna capitalista, contestando o negando que las tareas de interpretación y aplicación del derecho sean estrictamente científicas,

    Tercera consiste en que el uso alternativo del derecho presupone superar las llamadas ideologías del “rechazo”. Esto es, que para hacer política del derecho en el sentido indicado, es necesario no rechazar de manera absoluta la juridicidad vigente, ni tampoco aceptarla acríticamente, sino entenderla dentro de la estructura y en el momento coyuntural, y procurar darle un sentido que beneficie a los pobres.

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    1. LAURA MARCELA SUÁREZ BASTOS.

      QUE SE ENTIENDE POR USO ALTERNATIVO DEL DERECHO?

      para Saavedra, el Uso Alternativo del Derecho, una vez realizada la crítica a las instituciones jurídicas y supuesta neutralidad de los jueces) entiende que el Uso Alternativo del Derecho la propuesta, tanto de carácter práctico como teórico, de utilizar y consolidar el derecho y los instrumentos jurídicos en una dirección emancipadora,; o, lo que es lo mismo, de ampliar los espacios democráticos en el nivel jurídica de una sociedad determinada.

      COMO DEFINE EL USO ALTERNATIVO DEL DERECHO?

      lo defino como aquellos mecanismos que se utilizan en forma alternativa para lograr un desarrollo armonico, mejorando las relaciones que se puedan presentar entre las partes dentro del conflicto, llegando de manera agil y pacifica a un acuerdo en donde se vea beneficiada cada parte involucrada.

      CUALES SON LAS ACEPCIONES DEL USO ALTERNATIVO DEL DERECHO?

      Primero consiste en la lucha porque el derecho objetivo (aquellas leyes que reconocen los derechos del pueblo, de las clases populares, de los pobres) sea realmente efectivo; la búsqueda de que el derecho positivizado sea eficaz en aquello que favorece a los más desvalidos de la sociedad.

      Segunda consiste el uso alternativo del derecho emerge como una corriente teórica y práctica de la juridicidad en contra de los mitos de la cultura jurídica moderna capitalista, contestando o negando que las tareas de interpretación y aplicación del derecho sean estrictamente científicas,

      Tercera consiste en que el uso alternativo del derecho presupone superar las llamadas ideologías del “rechazo”. Esto es, que para hacer política del derecho en el sentido indicado, es necesario no rechazar de manera absoluta la juridicidad vigente, ni tampoco aceptarla acríticamente, sino entenderla dentro de la estructura y en el momento coyuntural, y procurar darle un sentido que beneficie a las personas más vulnerables.

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